DOCUMENTO BASE DE TÉRMINOS DE REFERENCIA
3.2.3. Derechos de los estudiantes participantes
No se exigirá a ningún estudiante en situación de movilidad en el marco del presente Programa ninguna tasa universitaria en la universidad de destino (directa o indirecta) Sin embargo, ciertos gastos menores podrán ser exigidos por la universidad de destino, en las mismas condiciones que a los estudiantes locales.
Los estudiantes que se postulen para el Programa Pablo Neruda, mantendrán otras becas o préstamos nacionales a los que tuvieran derecho.
Los estudiantes beneficiarios del Programa Pablo Neruda, tendrán cubierto el traslado por su universidad de origen, y el alojamiento y manutención por la universidad de destino exclusivamente durante el período de actividades acordado con la universidad, y en las condiciones que la misma haya previsto en el proyecto de Red.
Los estudiantes seleccionados para participar en el programa serán reconocidos como estudiantes de intercambio, al amparo del Programa Pablo Neruda, con los mismos derechos y obligaciones que los estudiantes regulares de la universidad de destino.
Los estudiantes seleccionados tendrán derecho a recibir la información necesaria de su universidad de origen respecto de todos los aspectos vinculados al Programa Pablo Neruda, incluyendo los Términos de Referencia del mismo. |